Colegio Cooperativa Espíritu Santo


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    S. Coop. Madrileña
Colegio Espíritu Santo
Enseñanza concertada de 3 a 16 años
(Infantil, Primaria y Secundaria)

CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO ESCOLAR 2007/2008 EN LAS ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA Y EDUCACIÓN SECUNDARIA

1 Actividades Escolares.
Las actividades escolares se desarrollarán entre el día 3 de septiembre de 2007 y el 30 de junio de 2008, salvo las Escuelas, Casas de Niños y  Centros de primer y segundo Ciclo de Educación Infantil que desarrollarán su actividad escolar entre el día 3 de septiembre de 2007 y  el 30 de julio de 2008, con excepción, en todos los casos, de las  correspondientes vacaciones y días festivos.

1.2. Actividades Lectivas.
Segundo Ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria  comenzarán sus actividades lectivas comenzarán el día 12 de septiembre de 2007 y finalizarán el 20 de junio de 2008.


2. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, BACHILLERATO, GARANTÍA
SOCIAL, AULAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA, CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO, CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR, ENSEÑANZAS
DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS.


2.1. Actividades Escolares
Las actividades escolares se desarrollarán entre el 3 de septiembre de 2007 y el 30 de junio de 2008, con excepción de las correspondientes vacaciones y días festivos. 


2.2. Actividades Lectivas
2.2.1. Educación Secundaria Obligatoria, comenzará sus  actividades lectivas el día 14 de septiembre de 2007.

Las Aulas de Compensación Educativa (ACE) comenzarán sus actividades lectivas el 1 de octubre de 2007 y las Unidades de Formación e Inserción Laboral (UFIL), el 24 de septiembre de 2007.

Las actividades lectivas terminarán el día 20 de junio de 2008.

3. VACACIONES
3.1. De Navidad. Las vacaciones de Navidad comprenderán desde el día 22 de diciembre de 2007 hasta el día 7 de enero de 2008, ambos inclusive, excepto en las Escuelas Infantiles y Centros de primer ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos que comprenderán desde el 22 de diciembre de 2007 hasta el 2 de enero de 2008, ambos inclusive.
3.2. De Semana Santa. Las vacaciones de Semana Santa comprenderán desde el día 15 al 23 de marzo de 2008 ambos inclusive.
3.3. De verano.  Las vacaciones de verano se iniciarán el día 1 de julio de 2008 excepto en Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Centros de primer y segundo ciclo de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos en los que se iniciarán el 31 de julio de 2008. En todos los centros terminarán el día anterior al comienzo del curso 2008/2009.


4. DÍAS FESTIVOS


4.1. Año 2007
12 de octubre: Fiesta de la Virgen del Pilar
1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos
 6 de diciembre: Fiesta de la Constitución Española
 8 de diciembre: Fiesta de la Inmaculada Concepción
 Los días de fiesta local que haya determinado cada municipio para el año 2007 y así aparezcan publicados en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

4.2. Año 2008
Los que determine la Comunidad Autónoma de Madrid para el año 2008 en el ejercicio de sus competencias.
Los días de fiesta nacional no trasladable que se establezcan para el año 2008.
Los días de fiesta local que determine cada municipio para el año 2008 y así
aparezcan publicados en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.


4.3. Otros días no lectivos.
Se considerarán no lectivos a efectos académicos los siguientes días:
2 de noviembre de 2007
7 de diciembre de 2007
28 de enero de 2008: día de celebración unificado del Patrono de cada nivel de enseñanza
14 de marzo de 2008
24 de marzo de 2008

En el caso de Escuelas Infantiles y Centros de Educación Infantil sostenidos con fondos públicos serán de aplicación el 2 de noviembre de 2007, 7 de diciembre de 2007 y 28 de enero de 2008.


Los centros públicos de Enseñanzas de Régimen Especial y los centros privados
sostenidos con fondos públicos podrán trasladar, previa notificación a la correspondiente Dirección de Área Territorial, uno de los citados días no lectivos para facilitar la celebración del Patrono del centro.


ESPECIFICACIONES PARA LA APLICACIÓN DEL CALENDARIO ESCOLAR EN
LOS CENTROS EDUCATIVOS DE TITULARIDAD PÚBLICA.


5.1. Inicio de la actividad en los centros:  : El profesorado iniciará las actividades escolares en sus centros el día 3 de septiembre de 2007 (tareas de preparación, programación, coordinación, organización del curso, etc.) de conformidad con las horas semanales reglamentariamente establecidas.


5.2. Jornada continuada y comedor escolar en colegios públicos de Educación Infantil y Primaria:  En los periodos comprendidos entre el 12 y el 28 de septiembre de 2007, el día 21 de diciembre de 2007 y entre el 2 y el 20 de junio de 2008, las actividades lectivas en dichos centros podrán desarrollarse en jornada de mañana si así lo acuerda el titular del centro.

Conforme a lo dispuesto en el artículo primero de la Orden 3028/2005, de 3 de junio, de la Consejería de Educación, por la que se modifica parcialmente la Orden 917/2002, de 14 de marzo por la que se regulan los comedores escolares en los centros públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, el Servicio de Comedor Escolar se prestará, con carácter general, durante todos los días lectivos del curso.

Asimismo, previo acuerdo del Consejo Escolar, el día 21 de diciembre de 2007, las actividades lectivas podrán desarrollarse durante la mañana, en jornada de 9 a 13 horas permaneciendo abierto el Servicio de Comedor. 

 

 
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