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DÍAS DE ATENCIÓN A PADRES
LA DIRECTORA
RECIBIRÁ LOS LUNES DE 15:30 A 16:30 H. Y LOS MARTES
DE 10 A 11 H.
LA
JEFA DE
ESTUDIOS
RECIBIRÁ LOS VIERNES DE 10 A 11 H. Y LOS MARTES DE
15:30 A 16:30 H.
Es necesario
concertar previamente la cita en Secretaría.
FUNCIONES
Salvando siempre las
competencias que la legislación y este Reglamento de
Régimen Interno asignan a cada unas de los miembros
del equipo Directivo como órganos unipersonales,
queremos resaltar, basados en la experiencia
positiva de los últimos años, la trascendencia que e
Equipo directivo tiene como órgano colegiado, para
la buena planificación y puesta en práctica de la
acción educativa.
Su función será:
Debatir conjuntamente los
temas, a tratar de unificar criterios y tomar
decisiones en forma colegiada en relación con todos
aquellos asuntos que afectan directamente a las
actividades académicas y formativas, es decir, a la
acción educativa global del Centro.
DIRECTORA
COMPETENCIAS
- Ejercer la jefatura del
personal docente en la programación y
realización de la acción educativa escolar.
- Convocar y presidir los
actos académicos y las reuniones del Consejo
Escolar, Equipo Directivo y el Claustro de
Profesores.
- Visar las certificaciones
y los documentos académicos del Centro.
- Ejecutar los acuerdos de
los órganos colegiados en el ámbito de sus
facultades y dar la información que corresponda
a los diversos establecimientos de la comunidad
educativa.
- Colaborar y asesorar al
titular en los que respecta a la cualificación
del personal en las facetas profesionales y
educativa.
- Promover y coordinar la
renovación pedagógico-didáctica del Centro y el
funcionamiento de ciclos y departamentos.
- Velar por el cumplimiento
del calendario escolar.
- Proponer al titular el
nombramiento de los cargos directivos.
- Proponer al titular la
adquisición del material didáctico necesario
para el desarrollo de la acción docente
educativa de los Profesores.
- Promover y coordinar las
actividades complementarias y extraescolares,
con la colaboración de los otros miembros del
Equipo Directivo, o el Claustro de Profesores y
de la Junta de la Asociación de Padres.
- Cumplir y hacer cumplir
las normas vigentes relativas al Plan de
Estudios.
- Proporcionar la
información que le sea requerida por las
autoridades educativas componentes en
cumplimiento de la legislación vigente.
- Ejercer las competencias
en la adopción de sanciones fijadas.
- El Director es nombrado
por la Titularidad, previo acuerdo con el
Consejo Escolar en el Decreto 15/2007.
- El mandato del Director
será de cuatro años, y podrá ser renovado. El
cese del Director antes de acabar su mandato
requerirá el acuerdo entre la Titularidad y el
Consejo Escolar del Centro.
(En conformidad con la
legislación, la Titularidad estudiará la
conveniencia de nombrar directores de niveles.)
JEFA
DE ESTUDIOS
COMPETENCIAS
- Ejercer, por delegación
del Director y bajo su autoridad, la jefatura
del personal docente en todo lo relativo al
régimen académico.
- Sustituir al Director en
caso de ausencia o enfermedad.
- Coordinar las actividades
de carácter académico, de orientación y
complementarias de profesores y alumnos en
relación con el Proyecto Educativo, los
Proyectos Curriculares de Etapa y la
Programación General de Aula y, además, velar
por su ejecución.
- Elaborar, en colaboración
con los restantes órganos unipersonales, los
horarios académicos de alumnos, maestros y
profesores de acuerdo con las necesidades y con
el horario general incluido en la programación
general anual, así como velar por el su estricto
cumplimiento.
- Coordinar las tareas de
los Equipos de Ciclo y de los Jefes de
Departamento.
- Coordinar y dirigir la
acción de los tutores con la colaboración en su
caso del Departamento de Orientación, conforme
al plan de acción tutorial.
- Coordinar las actividades
de perfeccionamiento del profesorado.
- Organizar los actos
académicos.
- Fomentar la participación
de los distintos sectores de la comunidad
escolar, especialmente en lo que se refiere al
alumnado, facilitando y orientando su
organización.
- Favorecer la convivencia
en el Centro y garantizar el procedimiento para
imponer las correcciones que correspondan, de
acuerdo con las disposiciones vigentes, lo
establecido en este Reglamento y los criterios
fijados por el Consejo Escolar.
- Organizar la atención y
cuidados de los alumnos en los períodos de
recreo y en otras actividades no lectivas.
- Cualquier otra función que
le pueda ser encomendada por el Director dentro
del ámbito de su competencia.
- Ejecutar las competencias.
SECRETARIA
COMPETENCIAS
- Actuar cono Secretaria del
Claustro de profesores, levantar acta de las
sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto
bueno del Director.
- Custodiar los libros y
archivos de carácter académico del Centro.
- Expedir las
certificaciones académicas que soliciten las
autoridades y los interesados.
- Participar en la
elaboración de la propuesta de Proyecto
Educativo y de la Programación General Anual,
junto con el resto del equipo Directivo.
- Cualquier otra función que
le encomiende el Director dentro de su ámbito de
competencia.
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