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CONSEJO ESCOLAR
En la Actualidad el
Consejo Escolar está formado
por:
COMPOSICIÓN DEL CONSEJO
ESCOLAR
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EQUIPO DIRECTIVO |
Cargo |
Nombre |
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Directora |
Mª CARMEN ARELLANO
DOMÍNGUEZ |
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J.Estudios |
Mª ELVIRA SEVILLA
GONZÁLEZ |
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Secretaria |
Mª DEL MAR GARCÍA
AYALA |
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Representantes del
titular del Centro. |
ANTONIO ALDEA
MANSILLA |
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Mª ELVIRA SEVILLA
GONZÁLEZ |
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MANUEL ORTEGA
OLIVEROS |
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Profesores |
Nombre |
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MARIA ELENA DÍAZ DE
DIEGO |
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Mª DEL MAR GARCÍA
AYALA |
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GEMA GUTIÉRREZ
CERRATO |
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ROSA MARÍA MARTÍN
CERRATO |
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Alumnos |
ANA CEBRIÁN LUQUE |
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MARTA TERESA MOLINA |
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Padres |
OVIDIO CALLEJA
ZAMORA |
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CARMEN GÓMEZ
VILLALVILLA |
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ANGÉLICA MARTÍNEZ
GARCÍA |
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CARINA SÁNCHEZ
PORRAS |
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Admón.y Servicios |
Mª CARMEN BAYÓN
VICENTE |
COMISIÓN ECONÓMICA
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Mª CARMEN ARELLANO
DOMÍNGUEZ. |
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ANTONIO ALDEA
MANSILLA. |
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GEMA GUTIÉRREZ
CERRATO. |
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CARINA SÁNCHEZ
PORRAS |
COMISIÓN DE CONVIVENCIA
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Mª CARMEN ARELLANO
DOMÍNGUEZ. |
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ELVIRA SEVILLA
GONZÁLEZ |
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MANUEL ORTEGA
OLIVEROS. |
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ROSA Mª MARTÍN
CERRATO |
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MARTA TERESA MOLINA |
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MARÍA SARRIÓ SÁNCHEZ |
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ANGÉLICA MARTÍNEZ
GARCÍA |
LAS FUNCIONES DEL
CONSEJO ESCOLAR SON LAS SIGUIENTES:
- Intervenir en el proceso de
designación y cese del Director, de acuerdo con cuanto
se establece en el apartado c) de este Reglamento acerca
de las competencias propias del Titular.
- Garantizar el cumplimiento de las
normas generales sobre la admisión de alumnos.
- Resolver los conflictos e imponer
las sanciones en materia de disciplina de alumnos de
acuerdo con las normas que regulan los derechos y
deberes de los mismos y las fijadas en este Reglamento a
tenor del Decreto 15/2007 por el que se establece el
marco regulador de la convivencia en los centros
educativos de la Comunidad de Madrid.
- Aprobar la rendición anual de
cuentas de los fondos provenientes de la Administración,
a propuesta del Titular.
- Aprobar y evaluar la programación
general del Centro, respetando en todo caso, los
aspectos docentes que componen al claustro.
- Aprobar las percepciones
económicas fijadas por la Titularidad para el desarrollo
de las actividades extraescolares y complementarias.
- Participar en la elaboración de
criterios para actividades culturales, deportivas y
recreativas, así como en las relaciones de colaboración
con otros centros, a propuesta del equipo Directivo.
- Informar la P.G.A. y la memoria
anual sobre las actividades y actuación general del
Centro.
- Aprobar, a propuesta del Titular,
el Reglamento de Régimen Interior del Centro y del PEC.
LAS REUNIONES DEL
CONSEJO ESCOLAR SEGUIRÁN ESTAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO:
- El Director convoca y preside la
reunión, y designa al Secretario del Consejo.
- El Director preparará y hará
distribuir la convocatoria con el orden del día de la
reunión con antelación suficiente. El Secretario
redactará el acta correspondiente.
- La asistencia a las sesiones del
Consejo Escolar será obligatoria para todos sus
miembros.
- Si no es miembro del Consejo
Escolar, el Presidente de la Cooperativa podrá
participar en las reuniones, pero no intervendrá en las
votaciones.
- El Consejo escolar estudiará los
diversos temas del orden del día con la ayuda de la
documentación oportunamente preparada por el Titular o
el Equipo Directivo, y a través del diálogo y el
contraste de criterios, tendrá a adoptar las decisiones
por consenso. Cuando proceda, los cuerdos se tomarán por
mayoría absoluta de los asistentes, y las votaciones
serán secretas. Para tratar temas que no figuran en el
orden del día será precisa la aprobación de dos tercios
de los asistentes.
- El acta de la reunión será
aprobada en la reunión siguiente, y la firmará el
Secretario con el visto bueno del Director.
- El Director procurará que todos
los estamentos de la Comunidad Educativa reciban la
oportuna información sobre los asuntos tratados en el
Consejo Escolar.
- El Consejo Escolar se reunirá en
sesión ordinaria una vez cada trimestre durante el curso
escolar. En sesión extraordinaria, el Consejo se reunirá
siempre que el Director lo considere oportuno, y también
a propuesta de la Titularidad o de dos tercios de los
miembros del Consejo.
- El Consejo Escolar adoptará los
acuerdos por mayoría simple salvo en los casos en la que
la legislación exija otros porcentajes.
- El Consejo Escolar se renovará
parcialmente cada dos años, pudiendo ser reelegidos los
miembros cesantes. Las vacantes que se produzcan durante
este período, se cubrirán con los candidatos del sector
que hayan obtenido mayor número de votos en el momento
de las elecciones.
COMISIONES
Dentro del Consejo Escolar funcionan
las siguientes comisiones:
Comisión Económica: Integrada por el
Director, un representante del titular, un representante de
profesores y un representante de padres.
Las funciones de esta comisión son
emitir informe sobre la gestión de los fondos provenientes
de la Administración y examinar las cuentas presentadas por
la Titularidad.
Comisión de Convivencia: Constituida
por el Director, Jefe de Estudios, un representante de la
Titularidad, dos representantes de padres y un representante
de alumnos.
La función de esta comisión es asistir
al Director y al Jefe de Estudios en los casos de orden y
disciplina que por su gravedad lo requieran de acuerdo con
lo tipificado en el plan de Convivencia.
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