Permita el control Active x--www.colegioespiritusanto.com
 
   
  Enseñanza concertada de 3 a 16 años
(Infantil, Primaria y Secundaria)
  Colegio Cooperativa Mad.Espíritu Santo                                            Centro de Estudios Concertado
        San Emilio, 54-56. 28017 Madrid                                                   Tel: 91 4052840 - 91 4055439
 
 
 
 

      CONSEJO ESCOLAR

 

En la Actualidad el Consejo Escolar está formado por:

 

COMPOSICIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR

 

 

EQUIPO DIRECTIVO

Cargo

Nombre

Directora

Mª CARMEN ARELLANO DOMÍNGUEZ

J.Estudios

Mª ELVIRA SEVILLA GONZÁLEZ

Secretaria

Mª DEL MAR GARCÍA AYALA

Representantes del titular del Centro.

ANTONIO ALDEA MANSILLA

Mª ELVIRA SEVILLA GONZÁLEZ

MANUEL ORTEGA OLIVEROS

 

 

Profesores

Nombre

MARIA ELENA DÍAZ DE DIEGO

Mª DEL MAR GARCÍA AYALA

GEMA GUTIÉRREZ CERRATO

ROSA MARÍA MARTÍN CERRATO

 

Alumnos

ANA CEBRIÁN LUQUE

MARTA TERESA MOLINA

 

 

Padres

OVIDIO CALLEJA ZAMORA

CARMEN GÓMEZ VILLALVILLA

ANGÉLICA MARTÍNEZ GARCÍA

CARINA SÁNCHEZ PORRAS

Admón.y Servicios

Mª CARMEN BAYÓN VICENTE

 

COMISIÓN ECONÓMICA

 

Mª CARMEN ARELLANO DOMÍNGUEZ.

ANTONIO ALDEA MANSILLA.

GEMA GUTIÉRREZ CERRATO.

CARINA SÁNCHEZ PORRAS

 

 

COMISIÓN DE CONVIVENCIA

 

Mª CARMEN ARELLANO DOMÍNGUEZ.

ELVIRA SEVILLA GONZÁLEZ

MANUEL ORTEGA OLIVEROS.

ROSA Mª MARTÍN CERRATO

MARTA TERESA MOLINA

MARÍA SARRIÓ SÁNCHEZ

ANGÉLICA MARTÍNEZ GARCÍA

 

 

LAS FUNCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR SON LAS SIGUIENTES:

  1. Intervenir en el proceso de designación y cese del Director, de acuerdo con cuanto se establece en el apartado c) de este Reglamento acerca de las competencias propias del Titular.

 

  1. Garantizar el cumplimiento de las normas generales sobre la admisión de alumnos.

 

  1. Resolver los conflictos e imponer las sanciones en materia de disciplina de alumnos de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los mismos y las fijadas en este Reglamento a tenor del Decreto 15/2007 por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros educativos de la Comunidad de Madrid.

 

  1. Aprobar la rendición anual de cuentas de los fondos provenientes de la Administración, a propuesta del Titular.

 

  1. Aprobar y evaluar la programación general del Centro, respetando en todo caso, los aspectos docentes que componen al claustro.

 

  1. Aprobar las percepciones económicas fijadas por la Titularidad para el desarrollo de las actividades extraescolares y complementarias.

 

  1. Participar en la elaboración de criterios para actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en las relaciones de colaboración con otros centros, a propuesta del equipo Directivo.

 

  1. Informar la P.G.A. y la memoria anual sobre las actividades y actuación general del Centro.

 

  1. Aprobar, a propuesta del Titular, el Reglamento de Régimen Interior del Centro y del PEC.

 

 

LAS REUNIONES DEL CONSEJO ESCOLAR SEGUIRÁN ESTAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO:

  1. El Director convoca y preside la reunión, y designa al Secretario del Consejo.

 

  1. El Director preparará y hará distribuir la convocatoria con el orden del día de la reunión con antelación suficiente. El Secretario redactará el acta correspondiente.

 

  1. La asistencia a las sesiones del Consejo Escolar será obligatoria para todos sus miembros.

 

  1. Si no es miembro del Consejo Escolar, el Presidente de la Cooperativa podrá participar en las reuniones, pero no intervendrá en las votaciones.

 

  1. El Consejo escolar estudiará los diversos temas del orden del día con la ayuda de la documentación oportunamente preparada por el Titular o el Equipo Directivo, y a través del diálogo y el contraste de criterios, tendrá a adoptar las decisiones por consenso. Cuando proceda, los cuerdos se tomarán por mayoría absoluta de los asistentes, y las votaciones serán secretas. Para tratar temas que no figuran en el orden del día será precisa la aprobación de dos tercios de los asistentes.

 

  1. El acta de la reunión será aprobada en la reunión siguiente, y la firmará el Secretario con el visto bueno del Director.

 

  1. El Director procurará que todos los estamentos de la Comunidad Educativa reciban la oportuna información sobre los asuntos tratados en el Consejo Escolar.

 

  1. El Consejo Escolar se reunirá en sesión ordinaria una vez cada trimestre durante el curso escolar. En sesión extraordinaria, el Consejo se reunirá siempre que el Director lo considere oportuno, y también a propuesta de la Titularidad  o de dos tercios de los miembros del Consejo.
  2. El Consejo Escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple salvo en los casos en la que la legislación exija otros porcentajes.

 

  1. El Consejo Escolar se renovará parcialmente cada dos años, pudiendo ser reelegidos los miembros cesantes. Las vacantes que se produzcan durante este período, se cubrirán con los candidatos del sector que hayan obtenido mayor número de votos en el momento de las elecciones.

 

COMISIONES

Dentro del Consejo Escolar funcionan las siguientes comisiones:

 

Comisión Económica: Integrada por el Director, un representante del titular, un representante de profesores y un representante de padres.

Las funciones de esta comisión son emitir informe sobre la gestión de los fondos provenientes de la Administración y examinar las cuentas presentadas por la Titularidad.

 

Comisión de Convivencia: Constituida por el Director, Jefe de Estudios, un representante de la Titularidad, dos representantes de padres y un representante de alumnos.

La función de esta comisión es asistir al Director y al Jefe de Estudios en los casos de orden y disciplina que por su gravedad lo requieran de acuerdo con lo tipificado en el plan de Convivencia.

 
© Colegio Coop. Mad. Espíritu Santo
| Nota Legal |
 
| Añadir a Favoritos | Política de Privacidad | Formulario Contacto | Mapa del Sitio |